Los
Planes de movilidad y seguridad vial en las empresas tienen como objeto
analizar las condiciones de desplazamiento de los trabajadores del centro de
trabajo, valorar el riesgo de accidente, y, a la vista de los resultados,
proponer una serie de objetivos a alcanzar, mediante las acciones preventivas
pertinentes.
Ventajas de la elaboración de un Plan de
Movilidad y Seguridad Vial
Para
empezar la empresa cumple con un aspecto más en el ámbito de la prevención, en
el cual la gravedad de las lesiones es muy alta. Además, derivado de la
elaboración del Plan de Seguridad Vial se implantarán una serie de medidas
preventivas, que permitirán reducir la posibilidad de sufrir un accidente
laboral. Por otra parte, las empresas que cumplan los requisitos del R.D.
404/2010 podrán reducir sus cotizaciones por contingencias profesionales,
siendo los Planes de Seguridad Vial uno de los puntos valorados para ello.
Esta
reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales regulada en el
R.D. 404/2010 valora, entre otros, la existencia de Planes de Movilidad y
Seguridad Vial en aquellas empresas que coticen más de 5.000€.
Los plazos para la presentación y
tramitación de las solicitudes para las reducción de cotizaciones por
contingencias profesionales son desde
el día 1 de abril hasta el 15 de mayo de cada año, las empresas incluidas en el
ámbito de aplicación del R.D. 404/2010 que deseen optar al incentivo,
deberán presentar su solicitud en la mutua o entidad gestora que asuma la
protección de sus contingencias profesionales, y las empresas que no alcancen el
valor de 5.000€ de cotización por contingencias profesionales no
podrán beneficiarse de las reducciones regulada en el R.D. 404/2010, pero
los efectos preventivos son muy ventajosos para todas las empresas que cuentan
con un Plan de Movilidad, obteniéndose reducción de la siniestralidad y una
mejora en las condiciones de trabajo, derivada de las medidas preventivas que
se propondrán en cada caso.
Tampoco se pueden financiar a través de la Fundación Tripartita,
pero sin embargo, las medidas
preventivas derivadas del Plan de Movilidad y Seguridad Vial relativas a
formación, sí pueden ser gestionadas mediante dicho sistema.
Si
la empresa dispone de la evaluación de riesgos laborales, con los riesgos
derivados de los desplazamientos de los trabajadores contemplados en cada
puesto de trabajo afectado, estará cumpliendo con los requisitos legales
aplicables.
Es
posible, y ya ha ocurrido en otras ocasiones, que la autoridad laboral requiera
la elaboración del Plan de Seguridad Vial, como parte de la evaluación de
riesgos laborales de la empresa. Su no elaboración implicaría una sanción
grave, cuyo grado mínimo alcanza los 2.046€, y su grado máximo, hasta 40.985€.